Guía de Trámites - Fideicomisos Financieros



Solicitud de autorización de listado


Guía de Trámites (Reglamento de Listado de Valores Negociables)


Fideicomisos Financieros

 


1.       ANEXO I en original suscripto por el Representante Legal del Emisor, en la que se solicite la autorización de listado y un detalle de la documentación que se cumplimenta:

Fiduciario:

2.       Texto ordenado vigente del estatuto o del contrato social con constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio o autoridad competente.

3.       Resoluciones sociales que tratan la creación del programa global y/o serie del fideicomiso en cuestión.

4.       Actas de asamblea y del órgano de administración que designan y distribuyen los cargos del órgano de administración y fiscalización vigentes.

5.       ANEXO II completo por el representante legal (misma persona que firma el Anexo I), suscripta por el interesado con carácter de declaración jurada. La firma deberá estar certificada por Escribano y legalizada en caso de corresponder.

6.       Estados contables del fiduciario del último ejercicio anual, acompañado del Acta de Asamblea de aprobación y su memoria.

Fiduciante:

7.   Resoluciones sociales del fiduciante en virtud de las cuales se autoriza la transferencia de los bienes fideicomitidos al fiduciario..

8.   Si se desempañara como Agente de Administración de los Bienes Fideicomitidos o como Agente de Cobro, o garanticen en forma total o parcial la cobranza, últimos Estados contables acompañado de la copia del Acta de Asamblea de aprobación y su memoria.

Fideicomiso Financiero:

9.   Suplemento de Prospecto de Emisión y del Contrato de Fideicomiso Preliminares, cumpliendo con las formalidades exigidas por la normativa vigente, a fin de poder emitir las observaciones correspondientes, previas a la autorización de oferta pública.

10.   En el caso que la Custodia de los Documentos del Fideicomiso no la tuviese el Fiduciario, Acta de designación del Agente de Custodia y constancia del Agente de Custodia sobre la tenencia de los bienes fideicomitidos. 

11.   Nota del Agente de Control y Revisión aceptando su designación al cargo junto con la copia de su informe complementario.

De corresponder:

12.   Informe de la calificadora de riesgo emitido por una Calificadora registrada en la Comisión Nacional de Valores.

13.   Copia del acta de designación de Administrador Sustituto.

14.   Si se hubieren otorgado garantías a la emisión, copia de los instrumentos respectivos.

Oportunamente:

15.   Constancia de la autorización de oferta pública de los valores fiduciarios por parte de la Comisión Nacional de Valores.

16.   Prospecto de emisión definitivo, autorizado por la Comisión Nacional de Valores.

17.   Copia de los contratos suscriptos entre las partes..

18.   Aviso de Colocación.

19.   Aviso de Resultado de Colocación

 

Se recuerda que:

-    En todos los casos podrá considerarse presentada toda aquella información, que sea enviada en soporte papel o alternativamente aquella que sea remitida al Mercado, a través de la dirección de mail: titulos@bcr.com.ar habilitada a tal fin. En todos los supuestos, los documentos deberán ser enviados o informada su disponibilidad en la AIF con el alcance y los mismos requisitos de tiempo y forma que establece la normativa vigente, cuya versión en soporte papel reservarán a todo efecto a disposición de este Mercado.

-    La documentación que deba ser publicada en nuestro boletín informativo diario, deberá enviarse por mail, con el tiempo prudencial de antelación necesario para poder cumplir con su publicación.

 Guía de Trámites - ON Pyme


Solicitud de autorización de listado

Guía de Trámites (Reglamento de Listado de Valores Negociables)

Obligaciones Negociables PyME

 

ANEXO I en original suscripto por el Representante Legal del Emisor, en la que se solicite la autorización de listado y un detalle de la documentación que se cumplimenta:

 

1.       Copia del acta de asamblea que resolvió solicitar el listado de las Obligaciones Negociables. En su caso, copia del acta del órgano de administración que completó las condiciones del empréstito.

 

2.       Declaración jurada por parte del órgano de administración del plan de afectación de fondos de acuerdo a lo establecido por la ley 23.576.

 

3.       Constancia de la publicación del acta de emisión por un día en el Boletín Oficial y su solicitud de inscripción en el Registro Público. Art. 10 ley 23.576 (trámite que se realiza en la Comisión Nacional de Valores).

 

4.       Estados contables de la Emisora correspondiente al último ejercicio o desde su constitución, si su antigüedad fuere menor, tal como fueron presentados a la respectiva autoridad de contralor acompañado de la copia del Acta de Asamblea de aprobación y su memoria.

 

5.       Copia de las actas de asamblea y del órgano de administración que designan y distribuyen los cargos del órgano de administración y fiscalización vigentes.

 

6.       ANEXO II completo por el representante legal (misma persona que firma el Anexo I), suscripta por el interesado con carácter de declaración jurada. La firma deberá estar certificada por Escribano y legalizada en caso de corresponder..

 

7.       Si los títulos son cartulares, numeración y bocetos por duplicados, o boceto del certificado global. Si son escriturales, documentación sobre el sistema de registro a utilizar.

 

8.       Copia del Prospecto de Emisión Preliminar, cumpliendo con las formalidades exigidas por la normativa vigente, a fin de poder emitir las observaciones correspondientes, previas a la autorización de oferta pública.

 

De existir:

 

9.       Informe de la calificadora de riesgo emitido por una Calificadora registrada en la Comisión Nacional de Valores

 

10.   Si hubiera garantías, copia del contrato Fiduciario y/o de los instrumentos respectivos.

 

 

Oportunamente:

 

11.   Constancia de autorización de oferta pública ante la Comisión Nacional de Valores.

 

12.   Prospecto de emisión definitivo, autorizado por la Comisión Nacional de Valores.

 

13.   Aviso de Colocación.

 

14.   Aviso de Resultado de Colocación. 

 

 

Se recuerda que:

- En todos los casos podrá considerarse presentada toda aquella información, que sea enviada en soporte papel o alternativamente aquella que sea remitida al Mercado, a través de la dirección de mail: titulos@bcr.com.ar habilitada a tal fin. En todos los supuestos, los documentos deberán ser enviados o informada su disponibilidad en la AIF con el alcance y los mismos requisitos de tiempo y forma que establece la normativa vigente, cuya versión en soporte papel reservarán a todo efecto a disposición de este Mercado.

- La documentación que deba ser publicada en nuestro boletín informativo diario, deberá enviarse por mail, con el tiempo prudencial de antelación necesario para poder cumplir con su publicación.

Guía de Trámites - ON Régimen General



Solicitud de autorización de listado


Guía de Trámites (Reglamento de Listado de Valores Negociables)


Obligaciones Negociables Régimen General

 


1.       ANEXO I en original suscripto por el Representante Legal del Emisor, en la que se solicite la autorización de listado y un detalle de la documentación que se cumplimenta:.

2.       Texto ordenado vigente del estatuto o del contrato social con constancia de su inscripción en el Registro Público de Comercio o autoridad competente.

3.       Acta de asamblea que resolvió solicitar el listado de las Obligaciones Negociables. En su caso, copia del acta del órgano de administración que completó las condiciones del empréstito.

4.       Declaración jurada por parte del órgano de administración del plan de afectación de fondos de acuerdo a lo establecido por la ley 23.576.

5.       Constancia de la publicación del acta de emisión por un día en el Boletín Oficial y su solicitud de inscripción en el Registro Público. Art. 10 ley 23.576 (trámite que se realiza en la Comisión Nacional de Valores).

6.       Estados contables de la Emisora correspondiente al último ejercicio o desde su constitución, si su antigüedad fuere menor y el Acta de Asamblea de aprobación y su memoria. 

7.       Actas de asamblea y del órgano de administración que designan y distribuyen los cargos del órgano de administración y fiscalización vigentes.

8.       ANEXO II completo por el representante legal (misma persona que firma el Anexo I), suscripta por el interesado con carácter de declaración jurada. La firma deberá estar certificada por Escribano y legalizada en caso de corresponder.

9.       Si los títulos son cartulares, numeración y bocetos por duplicados, o boceto del certificado global. Si son escriturales, documentación sobre el sistema de registro a utilizar..

10.   Prospecto de Emisión Preliminar, cumpliendo con las formalidades exigidas por la normativa vigente, a fin de poder emitir las observaciones correspondientes, previas a la autorización de oferta pública.

De existir:

11.   Informe de la calificadora de riesgo emitido por una Calificadora registrada en la Comisión Nacional de Valores..

12.   Si hubiera garantías, copia del contrato Fiduciario y/o de los instrumentos respectivos.

13.   Arreglos de carácter general con acreedores: fecha de celebración, condiciones, monto original y saldo a la fecha de la solicitud.

Oportunamente:

14.   Constancia de autorización de oferta pública ante la Comisión Nacional de Valores.

15.   Prospecto de emisión definitivo, autorizado por la Comisión Nacional de Valores.

16.   Aviso de Colocación.

17.   Aviso de Resultado de Colocación. 

 


Se recuerda que:

- En todos los casos podrá considerarse presentada toda aquella información, que sea enviada en soporte papel o alternativamente aquella que sea remitida al Mercado, a través de la dirección de mail: titulos@bcr.com.ar habilitada a tal fin. En todos los supuestos, los documentos deberán ser enviados o informada su disponibilidad en la AIF con el alcance y los mismos requisitos de tiempo y forma que establece la normativa vigente, cuya versión en soporte papel reservarán a todo efecto a disposición de este Mercado.

- La documentación que deba ser publicada en nuestro boletín informativo diario, deberá enviarse por mail, con el tiempo prudencial de antelación necesario para poder cumplir con su publicación.

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