Sobre la Cámara Arbitral de Aceites Vegetales y Subproductos

La Cámara Arbitral de Aceites Vegetales y Subproductos fue creada el 28 de septiembre de 1950.
La creación de este nuevo organismo tuvo como antecedente una asamblea del gremio aceitero del 14 de junio de 1950. El Presidente de la Bolsa de Comercio Don Ricardo W. O. Le Bas comprendió la necesidad de crear una cámara gremial dependiente de esta Bolsa para que sirva a la producción y negociación de los aceites vegetales y subproductos de la ciudad y zonas de influencia. La creciente importancia de los negocios de este ramo justificó e hizo necesaria la constitución de un ente integrado por miembros del gremio, para que -con competencia y dedicación- aporten al mismo su experiencia por el bien del sector aceitero.

Composición
La Cámara Arbitral de Aceites Vegetales y Subproductos de la Bolsa de Comercio de Rosario está constituida por asociados representantes de los distintos sectores que participan en la actividad de su competencia respectiva.
Se compone de seis miembros titulares e igual número de suplentes, que en representación de los distintos gremios, participan en la siguiente proporción:
•Dos (2) por los fabricantes de aceites
•Uno (1) por los exportadores de aceites y/o subproductos oleaginosos
•Uno (1) por los corredores
•Uno (1) por las cooperativas agrarias de segundo grado
•Uno (1) por los fabricantes de alimentos balanceados

Su ejercicio comienza el primer día hábil de diciembre de cada año y finaliza el 30 de noviembre del año siguiente. Los miembros que la componen se renuevan en cada periodo y éstos pueden ser designados en forma indefinida.

¿Cómo postularse?
Cada año, los centros mencionados deben presentar en la Secretaría Administrativa de la Bolsa, como plazo máximo hasta el 15 de noviembre, la lista de miembros que ellos designen para que los representen en la Cámara durante el periodo entrante.

Llegado el primer día hábil de diciembre, el Presidente del Consejo Directivo de la Bolsa de Comercio de Rosario, inicia el ejercicio, tal como lo prevé el Art. 81 de su Estatuto, que dice:

En su primera reunión, convocada y presidida por el Presidente del Consejo Directivo, la Cámara Arbitral designará de entre sus miembros a quienes desempeñarán los cargos de Presidente, Vice Presidente y Secretario, debiendo hacerse esta designación, cargo por cargo, por simple mayoría y en votación secreta. En caso de empate se pasará a cuarto intermedio hasta el día hábil siguiente para proceder a una nueva votación. Si el empate continuase, el presidente del Consejo Directivo, tendrá voto decisivo.

Finalizada la elección de cada uno de los cargos, queda constituida la Cámara Arbitral y el Presidente del Consejo Directivo de la Bolsa hace abandono del recinto.